LA EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO DE LAS APP EN EL PERÚ: DEL DECRETO LEGISLATIVO 1362 A LA LEY 32441
¿Por qué una nueva ley de APP?
Durante más de seis años, el Decreto Legislativo 1362 constituyó el principal marco normativo para la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones PúblicoPrivadas (APP) y Proyectos en Activos en el Perú. Sin embargo, la experiencia acumulada en la estructuración, adjudicación y ejecución de proyectos evidenció la necesidad de un marco más robusto, coherente y orientado a resultados. En respuesta a ello, en setiembre de 2025 se promulgó la Ley N. º 32441, que deroga expresamente el Decreto Legislativo 1362 y establece un nuevo régimen integral para las APP.
Enfoque normativo: de un decreto operativo a una ley marco integral
Una primera diferencia clave es el rango normativo. El Decreto Legislativo 1362 tenía un enfoque eminentemente operativo, centrado en procedimientos y competencias. En cambio, la Ley 32441 se concibe como una ley marco, que regula no solo los procesos, sino también los principios, la gobernanza institucional y la sostenibilidad de las APP en todo su ciclo de vida. La nueva ley incorpora principios reforzados como enfoque de resultados, sostenibilidad multidimensional, integridad y planificación, otorgándoles un rol transversal en todas las fases del proyecto.
Fortalecimiento del rol del Estado y de Proinversión
Bajo el Decreto Legislativo 1362, la distribución de funciones entre entidades públicas, organismos promotores y Proinversión generó, en la práctica, zonas grises de responsabilidad. La Ley 32441 redefine con mayor claridad el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, establece al Ministerio de Economía y Finanzas como ente rector con funciones normativas reforzadas y consolida el rol de Proinversión como organismo técnico especializado, con mayor autonomía, responsabilidad y capacidad de intervención incluso en la fase de ejecución contractual. Además, se introducen mecanismos como el seguimiento especializado de proyectos priorizados y el uso de oficinas de gestión de proyectos (PMO), inexistentes en el marco anterior.
Cambios en la gestión de riesgos, modificaciones contractuales y control
Otro cambio sustantivo es el tratamiento de la modificación contractual. Mientras que el Decreto Legislativo 1362 abordaba este tema de forma más restrictiva, la Ley 32441 establece un procedimiento detallado, con plazos, evaluación conjunta y criterios explícitos, reconociendo que las APP son contratos de largo plazo sujetos a eventos sobrevinientes. Asimismo, se redefine el alcance del control de la Contraloría General de la República, enfatizando su carácter no vinculante y focalizado en aspectos financieros, lo que busca reducir la parálisis decisoria observada en proyectos anteriores.
Implicancias para la estructuración y ejecución de APP
En términos prácticos, la Ley 32441 eleva el estándar técnico y de gobernanza de las APP en el Perú. Los proyectos ahora deben articularse de manera más estricta con la planificación multianual, demostrar valor por dinero, y asegurar sostenibilidad fiscal, social y ambiental. Para los profesionales del sector público y privado, este nuevo marco implica mayor predictibilidad, pero también mayores exigencias técnicas y de gestión, especialmente en las fases tempranas del proyecto.
Conclusión: un nuevo punto de partida para las APP
La transición del Decreto Legislativo 1362 a la Ley 32441 no es un simple ajuste normativo, sino un cambio de enfoque en la manera en que el Estado peruano concibe y gestiona las APP. Este nuevo marco ofrece una base más sólida para cerrar brechas de infraestructura, siempre que su implementación mantenga coherencia técnica, capacidad institucional y una visión de largo plazo
